
2016 1º Quincena de Julio del 2016
Acordada AA 2628 T.F.N14/7/16)Tribunal de Feria. Integración.
Esta Acordada disponer que durante el período de feria comprendido entre los días 18 y 31 de julio del corriente año, el Tribunal de Feria se integrará con una Sala con competencia impositiva y una Sala con competencia aduanera. Cada una de
2016 2º Quincena de Junio
RG.867 (C.F.I.29/6/16)Receso administrativo. Cómputo de plazos. Días inhábiles.
Por medio de esta norma se dispone receso administrativo desde el día 18 de julio y hasta el 29 de julio, ambas fechas inclusive, del año 2016 en el ámbito de la Comisión Federal de Impuestos y, declarar en consecuencia inhábiles los días mencionados en el citado período, a los fines del cómputo de todos los términos procesales en las actuaciones en trámite.
2016 Junio 1º Quincena
RG.10 (C.A.15/6/16) SIRCREB. Fechas de Vencimiento. Modificación.A través de esta norma se modifica el vencimiento para el pago de la primer decena del período junio de 2016, referida al Régimen de Recaudación y Control sobre Acreditaciones Bancarias (SIRCREB), el cual operará el día 21/06/2016.
RG.667 (C.N.V.15/6/16) Normas (N.T. 2013 y mod.). Modificación.A través de esta norma se sustituye el artículo 17 de la Sección II del Capítulo I del Título V de las NORMAS (N.T. 2013 y mod.) a los efectos de establecer que una vez autorizado el fondo común de inversión y antes de comenzar a operar, el Agente de Administración de Productos de Inversión Colectiva de Fondos Comunes de Inversión, deberá dentro del plazo de NOVENTA (90) días hábiles contados a partir de la autorización otorgada por el Organismo:
a) Presentar constancia de las publicaciones exigidas en el artículo 11 de la Ley N° 24.083.
b) Acreditar la inscripción registral del reglamento de gestión.
c) Informar la fecha de inicio de la actividad del fondo con una antelación de CINCO (5) días hábiles.
d) Presentar ejemplar impreso de cada formulario a utilizar.
De no producirse el lanzamiento del fondo dentro del plazo de NOVENTA (90) días hábiles indicado, los órganos del fondo deberán presentar con una antelación de CINCO (5) días hábiles a la fecha del lanzamiento del mismo, una nota con carácter de declaración jurada con firma certificada y acreditación de facultades del firmante, en la cual se manifieste que el texto del reglamento de gestión oportunamente aprobado se ajusta a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes.
Ley Nº 27250 (P.L.N.14/6/16) Modificación. Ley N° 24.240.A través de esta norma se sustituye el artículo 4° de la ley 24.240, de Defensa del Consumidor, a fin de establecer que el proveedor está obligado a suministrar al consumidor en forma cierta, clara y detallada todo lo relacionado con las características esenciales de los bienes y servicios que provee, y
2016, 2º Quincena de Mayo
RG.3898 (A.F.I.P.31/5/16)Régimen de anticipos Imp.Ganancias. Resolución General N° 327, sus modificatorias y sus complementarias. Norma complementaria.
2016 2º Quincena de Abril
RG.8 (I.G.J.29/6/16)Resolución N° 7/2015. Modificación.A través de esta norma se modifica el artículo 67 de la Resolución General I.G.J. N° 7/2015, a los efectos de establecer que el objeto social debe ser expuesto en forma precisa y determinada mediante la descripción concreta